CORTOLIMA

Consejo de Estado ratifica que responsabilidad del relleno sanitario La Miel, es del municipio de Ibagué y del operador, InterAseo

El fallo del

Alto Tribunal, deja claro que en este caso no se encuentra probado un actuar omisivo de parte de la Corporación Autónoma Regional del Tolima – CORTOLIMA, motivo por el cual, la Sala modificó el ordinal tercero de la parte resolutiva de la sentencia de primera

instancia, en la cual se declaró responsable a dicha entidad.

Además de manera clara reitera en su fallo que los rellenos sanitarios son lugares técnicamente seleccionados con el objeto de prestar un servicio público y con el propósito de evitar el peligro, daño o riesgo a la salud pública. Además, la normativa establece que los entes territoriales en este caso la alcaldía de Ibagué, son responsables de asegurar que el servicio público de aseo se preste a los habitantes sin poner en peligro la salud humana y, en particular, sin ocasionar riesgos para los recursos de

agua, aire y suelo.

En tal sentido, señala el fallo del Consejo de Estado, que el Municipio de Ibagué y la empresa Interaseo S.A.S. E.S.P. son los responsables de al prestación del servicio de manera integral.

Este fallo da la razón a la Directora de Cortolima Olga Lucía Alfonso, quien de manera clara y en repetidas ocasiones manifestó lo que ordena la ley y las competencias de cada entidad en referencia a la disposición final de residuos sólidos.