ARTÍCULO 3. DECRETO 1557 de 2022
ANTECEDENTES.
De conformidad con lo previsto en los numerales 6 y 7 del artículo 3 del Decreto 1557 de 2022, los Gobernadores o presidentes delegados son competentes para establecer el
procedimiento para la designación de los siguientes miembros:
- Cuatro (4) representantes de la academia, de los cuales uno (1) corresponde al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
- Cuatro (4) representantes de la sociedad civil organizada, de los cuales dos (2) corresponden a actores reconocidos por Minciencias en el Departamento.
Con base en lo anterior, el presente documento establece el procedimiento para la designación de tres (3) representantes de la academia y de dos (2) representantes de la
sociedad civil organizada que integrarán el CODECTI del Departamento del Tolima. Los representantes serán seleccionados con base en su experiencia y contribuciones en áreas
relacionadas, así como su compromiso con el desarrollo científico y tecnológico en el Departamento.
Para conocer los detalles por favor deacargar los siguientes documentos: